La Corte Constitucional de Guatemala revocó este lunes la sentencia por genocidio y delitos de lesa humanidad contra el dictador Efraín Ríos Montt, anulando así todo el proceso judicial que se había realizado a partir del 19 de abril.
La Corte Constitucional admitió el amparo introducido por la defensa del dictador, que había sido condenado a 80 años de prisión, 50 por genocidio y 30 por lesa humanidad.
En una decisión dividida, tres a dos, los magistrados del máximo tribunal de este país centroamericano resolvieron a favor de Ríos Montt un recurso presentado por sus abogados defensores, por medio del cual pretendía detener el proceso.
En la resolución, la Corte Constitucional ordenó regresar todo lo actuado dentro del juicio a partir del 19 de abril pasado, bajo el argumento de que el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo no resolvió una recusación planteada en contra de dos miembros de esa judicatura por el abogado Francis García Gudiel, defensor de Ríos Montt.
El fallo de la Corte, además de anular la sentencia condenatoria de 80 años de prisión emitida por esa judicatura en contra de Ríos Montt, también dejó sin efecto la absolución que favoreció al también general retirado José Rodríguez, antiguo jefe de Inteligencia Militar, quien deberá sentarse de nuevo en el banquillo de los acusados.
Martín Guzmán, secretario de la Corte, en una rueda de prensa en la sede de ese tribunal, explicó que “todo lo actuado a partir del 19 de abril” queda anulado, incluyendo, por lo que deberá repetirse todas las diligencias realizadas dentro del juicio de ese día hasta el 10 de mayo, cuando fue emitida la sentencia condenatoria.
Guzmán explicó que quienes votaron a favor de esa decisión fueron el presidente de la Corte, Héctor Pérez Aguilera, y los magistrados Alejandro Maldonado y Roberto Molina, mientras que Mauro Rodriguez Chacón y Gloria Porras, se opusieron.
Ríos Montt, de 86 años, quien gobernó de facto Guatemala, entre marzo de 1982 y agosto de 1983, y Rodríguez, quien fue jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército durante ese período, enfrentan cargos de genocidio y crímenes de guerra.
El tribunal consideró que el ex jefe de Estado “no hizo nada” por detener la violenta represión desatada por el Ejército bajo su mando en contra de los indígenas de la etnia ixil, en el marco de la guerra interna que vivía el país.
En la sentencia emitida el 10 de mayo, el tribunal declaró a Ríos Montt “responsable” como “autor” de los delitos por los que fue enjuiciado, y absolvió a Rodríguez por considerar que no se demostró su responsabilidad.
Según el tribunal, el 5,5 % de los indígenas ixiles fueron asesinados por el Ejército durante el período en que Ríos Montt gobernó de facto Guatemala, por ser considerados “enemigos del Estado”.
La Tercera
La Corte Constitucional admitió el amparo introducido por la defensa del dictador, que había sido condenado a 80 años de prisión, 50 por genocidio y 30 por lesa humanidad.
En una decisión dividida, tres a dos, los magistrados del máximo tribunal de este país centroamericano resolvieron a favor de Ríos Montt un recurso presentado por sus abogados defensores, por medio del cual pretendía detener el proceso.
En la resolución, la Corte Constitucional ordenó regresar todo lo actuado dentro del juicio a partir del 19 de abril pasado, bajo el argumento de que el Tribunal Primero A de Mayor Riesgo no resolvió una recusación planteada en contra de dos miembros de esa judicatura por el abogado Francis García Gudiel, defensor de Ríos Montt.
El fallo de la Corte, además de anular la sentencia condenatoria de 80 años de prisión emitida por esa judicatura en contra de Ríos Montt, también dejó sin efecto la absolución que favoreció al también general retirado José Rodríguez, antiguo jefe de Inteligencia Militar, quien deberá sentarse de nuevo en el banquillo de los acusados.
Martín Guzmán, secretario de la Corte, en una rueda de prensa en la sede de ese tribunal, explicó que “todo lo actuado a partir del 19 de abril” queda anulado, incluyendo, por lo que deberá repetirse todas las diligencias realizadas dentro del juicio de ese día hasta el 10 de mayo, cuando fue emitida la sentencia condenatoria.
Guzmán explicó que quienes votaron a favor de esa decisión fueron el presidente de la Corte, Héctor Pérez Aguilera, y los magistrados Alejandro Maldonado y Roberto Molina, mientras que Mauro Rodriguez Chacón y Gloria Porras, se opusieron.
Ríos Montt, de 86 años, quien gobernó de facto Guatemala, entre marzo de 1982 y agosto de 1983, y Rodríguez, quien fue jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército durante ese período, enfrentan cargos de genocidio y crímenes de guerra.
El tribunal consideró que el ex jefe de Estado “no hizo nada” por detener la violenta represión desatada por el Ejército bajo su mando en contra de los indígenas de la etnia ixil, en el marco de la guerra interna que vivía el país.
En la sentencia emitida el 10 de mayo, el tribunal declaró a Ríos Montt “responsable” como “autor” de los delitos por los que fue enjuiciado, y absolvió a Rodríguez por considerar que no se demostró su responsabilidad.
Según el tribunal, el 5,5 % de los indígenas ixiles fueron asesinados por el Ejército durante el período en que Ríos Montt gobernó de facto Guatemala, por ser considerados “enemigos del Estado”.
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